1. Los integrantes de CIAAA pactan sus acciones y sus vínculos en el principio de la confianza en el ser humano, en su potencial y en sus ganas de desarrollarse.
2. Todos los integrantes de CIAAA cuentan con la responsabilidad de ejercer sus obligaciones y dirigir los negocios de CIAAA con transparencia y dentro del estricto cumplimiento de la ley, en lo que respecta a los derechos humanos, el medio ambiente y los principios y lineamientos de CIAAA.
3. No es admisible en CIAAA ningún preconcepto o discriminación de personas, ya sea por causa de raza, nacionalidad, origen, religión, sexo, preferencia sexual, clase social, estado civil, edad, peso, altura, discapacidad física u otras características personales.
4. Todos en CIAAA cuentan con las mismas posibilidades frente a las oportunidades de trabajo. De este modo, en los procedimientos de identificación, contratación, atribución de desafíos y responsabilidades, oportunidades de crecimiento y capacitación, evaluación de desempeño, definición de remuneración y beneficios, y otras prácticas, prevalecen exclusivamente los requisitos, las necesidades y resultados del trabajo, el mérito, las calificaciones personales y profesionales y el potencial de cada uno.
5. CIAAA espera cordialidad en el trato, confianza, respeto y una conducta digna y honesta en las relaciones entre sus integrantes, independientemente de cualquier posición jerárquica, cargo o función.
6. En el desempeño de nuestras funciones, nuestros socios, administradores, directivos, empleados y representantes cumplimos con las leyes, los reglamentos y demás disposiciones jurídicas que nos sean aplicables y quienes actuamos en todo momento de manera justa e imparcial, con integridad, rectitud y honestidad, y en ninguna circunstancia cometeremos actos de corrupción.
7. Realizaremos nuestras actividades de manera objetiva, competente, profesional, de acuerdo con la normatividad aplicable, las mejores prácticas, conforme a los más altos estándares de la ética y estrictamente dentro de los alcances de la acreditación y la aprobación que nos fueron otorgadas. No ofreceremos ni prestaremos servicios en áreas o materias respecto de las cuales se nos haya suspendido o cancelado la acreditación o la aprobación, mientras éstas no se restituyan.
8. No emitiremos informes, dictámenes, actas, o cualquier otro documento:
a) respecto a bienes, servicios, procesos, métodos, sistemas o prácticas comerciales, industriales o de servicios que no hayamos evaluado y/o acreditado o que hayamos evaluado de manera incompleta;
b) que no reflejen los resultados objetivos y correctos de la evaluación;
c) que no se apeguen a las normas o procedimientos de evaluación de la conformidad aplicables.
d) de los que tengamos conocimiento que se basen en documentos falsos, apócrifos o alterados, o en información falsa, incorrecta o incompleta;
e) que contengan información falsa o errónea;
9. No entregaremos distintivos o cualquier tipo de marca que indique o sugiera el cumplimiento con normas oficiales mexicanas, estándares, normas o lineamientos internacionales o de otros países, o cualquier otro requisito o especificación, a menos que hayamos evaluado la conformidad con él o los productos, servicios, procesos, métodos, sistemas o prácticas comerciales, industriales o de servicios en cuestión y los resultados sustenten debidamente el cumplimiento o la conformidad con tales instrumentos, requisitos o especificaciones.
10. Ofrecemos nuestros servicios con integridad, honestidad y de manera no discriminatoria y llevamos a cabo las actividades de evaluación de la conformidad únicamente a través del personal calificado, capacitado y cuando corresponda, debidamente aprobado.
11. Ofrecemos a nuestros clientes, clientes potenciales, y al público en general información veraz y exacta sobre nuestra competencia técnica, capacidades, alcances de la acreditación y aprobación, cuando sea aplicable, que nos hayan sido conferidas, incluso al participar en licitaciones públicas u otro tipo de concursos y no incurriremos en prácticas fraudulentas o que puedan inducir a error a nuestros clientes o a clientes potenciales, a las autoridades o a otras personas que puedan basarse o confiar en nuestros informes, dictámenes, actas o cualquier otro documento o información.
12. La identificación y la contratación de proveedores de productos o prestadores de servicios de cualquier naturaleza deben siempre tener por finalidad el mejor interés de la empresa y estar identificadas por criterios técnicos y profesionales, tales como competencias, calidad, cumplimiento de plazo, precio, estabilidad financiera, etc.
13. Queda prohibida la realización de negocios con proveedores o prestadores de servicio de dudosa reputación, o que no respeten las normas y las exigencias en el presente código.
14. En el caso de que algún integrante desee contratar un proveedor de producto o prestador de servicio de cualquier naturaleza (persona física o jurídica), con el cual el tuviera relación familiar o vínculo personal estrecho, o en el cual tenga participación societaria relevante o ejerza cargo de administración, dicho integrante deberá discutir el asunto con su jefe directo y de ser necesario, con el comité de ética de la empresa, para posteriormente obtener autorización de este para este fin. Se entiende por relación familiar o cónyuge, pareja, padre, hermanos, hijos, tíos, sobrinos y primos, incluso los del cónyuge y/o pareja.
15. Competimos en el mercado de forma leal, de acuerdo con los más altos estándares éticos, con integridad, honestidad y transparencia, y de acuerdo con las mejores prácticas, propiciando en todo momento una sana competencia y libre concurrencia.
16. No hacemos comentarios que puedan afectar la imagen de los competidores, ni que contribuyan a la circulación de rumores sobre ellos. Los competidores son tratados con el mismo respeto con el que la empresa espera ser tratada. Aun así, se prohíbe proporcionar información de propiedad de CIAAA a competidores.
17. Resguardamos la información confidencial de nuestros clientes y usuarios.
18. Reconocemos nuestra responsabilidad individual para establecer qué información es confidencial y cuál es propietaria (es decir, aquélla que legalmente tenemos derecho de utilizar de forma exclusiva), y establecer las medidas apropiadas para protegerlas.
19. Haremos del conocimiento de nuestros empleados que deben preservar la información confidencial, aun después de haber dejado de laborar para cualquiera de nosotros; que no deben utilizar para beneficio propio o de terceros la información confidencial de otros organismos para los que hubiesen laborado, o de clientes de los mismos; y que deben abstenerse en toda circunstancia de transmitirla a otros organismos u otras personas distintas de los propietarios de dicha información.
20. Nuestros socios, administradores, directivos, empleados, proveedores y colaboradores evitarán situaciones que ocasionen o puedan ocasionar un conflicto de interés.
21. Es responsabilidad de todo el personal, jefes, gerentes y socios de la empresa el velar por la conservación de los activos de CIAAA, que abarcan instalaciones, máquinas, equipamientos, muebles, vehículos y valores, entre otros.
22. El acceso a internet y al teléfono, como el uso de e-mails, software, hardware, equipos y otros bienes de CIAAA están limitados sólo a la actividad profesional de los empleados.
23. Todos los datos producidos y mantenidos en los equipos y sistemas de información de CIAAA son de su exclusiva propiedad. Todos los empleados saben que CIAAA tiene acceso a los registros de acceso a internet, e-mail e informaciones almacenadas en las computadoras de CIAAA y al uso de los recursos de telefonía móvil y fija de CIAAA. Todo integrante de la empresa lo sabe y no tienen expectativas de privacidad en lo que respecta a esta clase de asuntos. En CIAAA apoyamos el presente código de ética con los siguientes principios:
1. Combatir y tener cero tolerancia a la corrupción en cualquiera de sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno.
2. Decir no, con firmeza y determinación, a oportunidades de negocio que no vayan de acuerdo con nuestro código de ética.
3. Tener conciencia de que cualquier desviación de conducta, ya sea por acción, omisión o complacencia, afecta a la sociedad y destruye la imagen de CIAAA.
4. Contribuir de manera individual y colectiva a la proponer los cambios necesarios en los entornos donde pudiera haber incitación a desviaciones de la conducta. En CIAAA se ofrece un buzón de Ética para que sus integrantes, proveedores, terceros, clientes o cualquier persona, pueda de forma segura y responsable, contribuir con información para mantener un ambiente seguro, ético, transparente y productivo. Toda la información recibida es tratada con confidencialidad y todos los reportes se revisan de manera independiente, anónima e imparcial. En CIAAA sancionamos y/o penalizamos los incumplimientos al Código de ética o a cualquier otra normativa establecida, no solo a Integrantes sino a terceros también.